Sociedad

El Gobierno creará un registro de trabajadores que hagan juicio laboral

Hasta ahora, el enfrentamiento del Gobierno nacional contra los derechos de los trabajadores había sido solo retórico, y apuntado especialmente contra el presidente del bloque en Diputados del Frente Para la Victoria, Héctor Recalde.

La Superintendencia de Riesgos del Trabajo creó un registro en el que empresas y aseguradoras deben informar todos los procesos judiciales en los que son demandadas.

Pero la estrategia de la administración nacional tuvo un giro: a partir de la resolución 760/2017 publicada en el Boletín Oficial, la Superintendencia de Riesgos del Trabajo creó un registro en el que empresas y aseguradoras deben informar todos los procesos judiciales en los que son demandadas y en las que particularmente se alegue la inconstitucionalidad de la ley de ART (27.348) y el decreto N° 54 publicado el 20 de enero de este año.

A través de la resolución, avalada por el Ministerio de Trabajo de la Nación, la administración nacional creó el «Sistema Integral de Registro para el Estudio de la Litigiosidad del Sistema de Riesgos del Trabajo» (SIREL) en el ámbito de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo.

En este registro, las ART, los Empleadores Autoasegurados y las ART Mutual deben informar, con carácter de «declaración jurada», los procesos judiciales en los que intervengan como demandadas, puntualmente en los casos en los que la defensa alegue «inconstitucionalidad» de la ley de ART N° 27.348 y el decreto N° 54 del 20 de enero de 2017.

En el anexo de la resolución publicada en el Boletín Oficial, la administración nacional ordena que las empresas carguen la información a través de un sitio especial (https://sirel.srt.gob.ar) y allí deben detallar: el tipo de presentación, el departamento judicial, la fecha y el número del expediente, la carátula de la demanda, el CUIL y nombre de «la parte actora» (el trabajador), el CUIT y nombre del patrocinante (abogados defensores), el monto reclamado, si pide una cautelar y, por último, datos de la parte demandada. Esto debe ser informado en una primera instancia, aunque deben seguir actualizando obligatoriamente toda las novedades en cada uno de los procesos judiciales.

Fuente: El Cronista

Publicaciones relacionadas

Botón volver arriba

Descubre más desde Noticias en Red

Suscríbete ahora para seguir leyendo y obtener acceso al archivo completo.

Seguir leyendo

× Suscribite a nuestro WhatsApp
Cerrar

Bloqueador de anuncios detectado

Por favor, considere ayudarnos desactivando su bloqueador de anuncios